Coloriuris y Creative Commons

En algunos blogs de España se está hablando del proyecto Coloriuris que, a primera vista me parece un proyecto que busca reemplazar o superponerse al mayor proyecto colaborativo de derechos de propiedad intelectual llamado Creative Commons. Sin embargo, todo indica que quieren hacerlo desde la visión de un estudio de abogados españoles.

Me pareció más interesante que mi opinión (que me deja bastante sorprendido porque no me parece un buen acercamiento), pedirle la suya a Ariel Vercelli, líder y factotum del proyecto CC-Argentina, Ariel es un tipo que realmente sabe del tema y que es capaz de entender la abstracción para llevarla a lo concreto... así que, gentilmente, me responde unas preguntas y me da su opinión sobre el tema.

Ariel, seguramente conoces coloriuris ¿busca reemplazar a CC? ¿qué opinas del proyecto?

“Bueno, vamos por partes Mariano. Dejame que primero te haga una aclaración general y luego veamos un poco la propuesta y, sobre todo, sus diferencias con lo que hasta ahora venimos viendo a nivel Internacional.

Por el momento el sitio de coloriuris es sólo una versión beta, aún en promoción. Por tanto, como he venido aclarando en algunos e-mails, mis opiniones también son eso, son una versión beta, sólo comentarios a los que les falta análisis sobre la iniciativa en funcionamiento. Hecha la aclaración sobre el alcance de mis apreciaciones, paso a lo que me estás preguntando.

Tal como se presenta la iniciativa, y según lo que he podido observar, coloriuris tiene fines comerciales y lo que se visualiza en el sitio web es parte de un servicio que ofrece un estudio jurídico español. Para enfocarnos bien, creo que es sólo eso y nada más que eso. Yo diría que, en este sentido, es muy distinto de Creative Commons y no tiene nada que ver con la cruzada que hace ya más de cuatro años inició Creative Commons a nivel mundial. De hecho, los mismos impulsores del proyecto dicen que “no compiten contra nadie”. A mi me parece ver que ellos han leído que es tiempo de aprovechar una oportunidad comercial en este campo y que para ello deben ofrecer algo que sirva como atractor.

En relación a lo anterior, lo del "modelo continental" que ellos sostienen “defender”, o sea, el slogan con el que publicitan su sitio web, es sólo una parte más del marketing con el que dan a conocer la iniciativa. Mejor dicho, lo de continental sólo se refiere a que quieren llegar a toda América Latina como mercado potencial. Por supuesto, no hay novedades de los otros países de la Unión Europea. Esta fragmentación es típica de la situación actual de los españoles dentro de la Unión Europea y mucho más en materia de derechos de autor.

El sentido común indica que, si uno pretende defender el derecho continental de autor, con iniciativa comercial o sin ella, lo primero que debe hacer es involucrar a los actores que se encuentran bajo el sistema continental (y mucho más a los que tenés ya dentro de la Unión Europea). Por tanto, es extraño que no se piense primero la iniciativa en el contexto de la Unión Europea. Digo, solo un comentario al pasar, los italianos, los franceses y alemanes también entienden mucho de derechos de autor y creo podrían aportar mucho a la ensalada conceptual en la que se encuentran muchos de los “especialistas” españoles en esta materia. Pensar que México, Brasil o Argentina son lo mismo que España en materia de derechos de autor, tan sólo por decir que responden al sistema continental, es por lo menos peligroso para cualquier emprendimiento serio.

Desde hace unos años a esta parte España es claramente el peor caso para observar como evolucionan los derechos de autor. Entre cánones, copias privadas y una gestión colectiva asfixiante y expropiatoria, están realmente complicados y no encuentran una salida clara a lo que es la ecología de los (bienes) comunes en Internet. A mi modo de ver, la iniciativa (beta) coloriuris está completamente metida en estas confusiones y no logra salir de la tensión interna que tienen los ibéricos en este tema. De hecho, la iniciativa niega muchas de estas tensiones internas y en otras confunde por generalización el contexto regional o “¿continental?”.

Por tanto, a mi entender, la iniciativa vale como tal, como una iniciativa orientada a los posibles clientes del estudio (o sociedad) que lleva adelante el proyecto. De allí que ofrecen servicios personalizados y, entre otras cosas, validez limitada de sus servicios y la necesidad de registro de sus “cesiones”, depósitos y demás cuestiones legales. Digo estudio o sociedad, puesto que si bien la iniciativa es de un estudio jurídico la misma involucra otros actores (tal vez empresas) del contexto español. Sin embargo, por lo que he podido ver, también los actores involucrados son algo muy fragmentado. Pero no quiero con esto desacreditar la iniciativa, ni mucho menos, sino dejar en claro lo que puedo observar revisando el tema por arriba. Tal vez puedan alinear muchos actores más en el período que resta hasta el lanzamiento formal.

Tendría para hacer muchos comentarios más, sobre todo criticar su arquitectura jurídico-política, su mala-pobre interfaz, su (muy) peligroso y arcaico tratamiento de los derechos morales, etc, etc, etc. Pero Mariano, como te decía antes, creo que falta que lancen la versión inicial y luego, sobre seguro, poder opinar mejor. Si tuviera que adelantar algo sería esto: creo que el modelo de negocio que van a utilizar los va a transformar rápidamente en un intermediario más. Tema peligroso, por cierto. Eso los va a limitar rápidamente en su desarrollo. A mi entender, no han tenido en cuenta cosas importantes.

Lamentablemente están bastante lejos del espíritu que inauguró Creative Commons. En suma, hay muchos detalles más, pero quiero decir también que me alegra que surjan nuevas iniciativas con la posibilidad de converger en un futuro mediato con otras nuevas iniciativas comerciales que puedan venir. Varias iniciativas (similares, pero mejores) se están incubando desde América Latina, iniciativas donde abogados dedicados a los derechos de autor aprovechan los modelos abiertos con fines comerciales.

Se puede hacer mucho mejor, muchísimo mejor, pero como se suele decir por acá, esto da para pensar, ¡todo suma!“

| Derechos

7 thoughts on “Coloriuris y Creative Commons

  1. Amigo Mariano llego a este post – conocía ya la bitácora – por gentileza de un trackback, y te agradezco la oportunidad que me brindas para dar a conocer la iniciativa ColorIURIS, lo que haré al hilo de las declaraciones de Ariel Vercelli.

    La primera afirmación del académico argentino es rotunda (y, para el equipo ColorIURIS, sorprendente):

    “…según lo que he podido observar, coloriuris tiene fines comerciales…”

    La frase, en otro contexto, pasaría desapercibida; pero es evidente que el Sr. Vercelli ha buscado insertarla al principio de su discurso, como si los fines comerciales o no comerciales del proyecto fueran determinantes de su calidad y/u oportunidad.

    Por supuesto, ColorIURIS – entre otras cosas – es un modelo de negocio, como lo es Google, Technoratti, la – antes llamada – Fundación Mozilla o el proyecto open source Red Hat; y en su momento se explicará, con el detalle que se está explicando el resto del proyecto, en que consiste el modelo de negocio y hasta donde alcanza la contribución a la sociedad del conocimiento y a la difusión de la cultura libre. No me parece ocioso, en este punto, recordar que el “modelo no comercial” que opone el autor precisa, como todo en esta vida, de aportaciones económicas; bien mediante donaciones – más atractivas desde el punto de vista fiscal – bien mediante la venta de accesorios de explotación de la marca; y corto y pego del sitio oficial creative commons:

    “When you donate money to us or purchase merchandise via our support page, your personal information will be handled in one of three ways, depending on which option you choose.” (el resto pueden leerlo, en el sitio oficial).

    La segunda crítica versa, creo entender, sobre la distancia entre el derecho de autor español y el derecho de autor de los países del RESTO de Iberoamérica; y sobre el por qué ColorIURIS va dirigida a Iberoamérica y no al resto de países de la Unión Europea.

    Ciertamente, para un estudioso del derecho de autor argentino, como el Sr. Vercelli, la legislación argentina está más próxima a la estadounidense que a la española…o la uruguaya, o la paraguaya; dado que la legislación de su país reconoce SOLO DOS derechos morales a los autores (a imagen y semejanza del Convenio de Berna), frente al resto de legislaciones de Iberoamérica (con excepción de Bolivia)que, al igual que Portugal y España, reconocen entre 5 y 6 derechos morales a los autores (como característica propia del sistema continental de derechos de autor frente al sistema anglosajón); legislación – la argentina – que tiene el dudoso honor de ser la única de Iberoamérica que no contempla el LIMITE A LOS DERECHOS PATRIMONIALES DE COPIA PRIVADA.

    ¿Qué por qué el proyecto nace, en un primer momento, orientado a los autores iberoamericanos y peninsulares?

    En primer término, como ha quedado dicho, por que estos 22 países siguen el mismo sistema de derechos de autor; en 2º lugar, por que el resto del derecho – obligaciones y contratos – proviene de la misma raíz; la romano-germánica; en 3er lugar porque creemos que, culturalmente, hay más cosas que unen de las que nos separan; en 4º lugar por que la U.E. está inmersa en plena reforma de todas las legislaciones de los Estados Miembros sobre derechos de autor, lo que es determinante de la 5ª razón: la barrera idiomática. A título de ejemplo, el último texto aprobado en Finlandia, hasta hace unas semanas – reocnozco que no hemos buscado en los días recientes – se encontraba sóloen finés; idioma que no dominamos en absoluto.

    Creo que ya me he pronunciado – y no insistiré – en el concepto SISTEMA CONTINENTAL DE DERECHOS DE AUTOR; no alude al continente europeo, sino a todos los Estados cuyos derechos de autor se rigen por dicho sistema, por contraposición al sistema anglosajón que es seguido por U.S.A. y Japón (entre otros).

    Al “off topic” sobre la evolución en España de los derechos de autor, que el Sr. Vercelli parece conocer bien, me tomo la libertad de añadir un enlace donde traté expresamente este tema:

    Cultura libre en el derecho continental.

    Terminaré – aunque quedan muchas cosas en el tintero – por no aburrir a tus lectores con otra afirmación del Sr. Vercelli que me ha parecido singularmente tendenciosa – en su línea de aosicar coloriuris a comercial frente a CC no comercial. Me refiero a la denominación:

    “…inicativa…del estudio (o sociedad)”; cuando en la página web de ColorIURIS se informa, sin lugar a dudas que el responsable del sitio es el abogado aquí firmante, con expresión de su domicilio y datos de colegiación; ésto es, un profesional liberal. La única sociedad mercantil citada en la declaración del Sr. Vercelli (que le supongo RESPONSABLE (también responsable civil)de las licencias CC-Argentina es, precisamente – y en este punto vuelvo a un “corta y pega” de la página oficial:

    “Creative Commons, a Massachusetts Corporation”

    ColorIURIS son cesiones de derechos de autor, bilaterales y consensuales, redactadas por un despacho de abogados a partir de la legislación de CADA PAIS al que afecta y con un soporte informático que permite dicha manifestación de voluntad. CC son licencias unilaterales.

    Estimado Mariano, gracias una vez más por permitir este debate en tu blog, y recibe tú y tus lectores, mi más cordial saludo desde la lejanía del otro lado del atlántico, pero desde la cercanía de compartir la misma raiz cultural y jurídica.

  2. Mariano, creo que deberías, en honor a la imparcialidad, subir el comentario de Pedro al nivel de post (la blogosfera es diálogo, los comentarios pueden ser más importantes que los posts originales, pero tú sabes que la distribución del texto de un post es muchísimo mayor que el de los comentarios).

  3. Hola, sin entrar en valoraciones, basándome en hechos, deciros que he trabajado 15 días en ColorIuris: mi habitación no tenía calefacción en pleno invierno, cogí una bronquitis. Mi portátil gozaba de 500M Ram para monitorizar un servidor que no estaba pinchado en ninguna SAI. Enchufé el calefactor en una ruleta y se apagó toda la luz de la casa, incluido el servidor. No se limpia, gente deja la mierda en el water y la “plantilla” se dedica a hacer fotocopias personales cuando no está el jefe de libros de cocina. Muy variopinto. He sido analista 3 años y 5 programador, les hice una valoración en un “proyecto” de 5 días y me largaron.

    Saludos

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