Tres reflexiones sobre el TPP

Si hay algo que la guerra contra la piratería nos ha enseñado en todos estos años es que no ha derrotado a la piratería. Que ha sido un rotundo fracaso. Las demandas a mansalva en Estados Unidos, los acuerdos con ISPs, las estrategias legales locales (DMCA, COICA, SOPA, PIPA, etc), la ley SINDE y los three strikes son ejemplos de esfuerzos legales -tan brutales como fallidos- para combatir la distribución informal de contenidos en internet. Y todos ellos han fracasado.

Lideres del TPP

En lugar de demostrar que quizás el problema de la piratería no es normativo sino tal vez de mercado, esta estrategia -liderada por la poderosa industria de contenidos- ha adoptado los foros internacionales como una de sus principales trincheras. Así, no satisfechos con cooptar desde hace décadas un organismo internacional dependiente de las Naciones Unidas (la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual), han sido los acuerdos comerciales bilaterales y multilaterales los escenarios de los mayores triunfos de esta estrategia legal para derrotar a la piratería en internet.

Ejemplos de ello han sido los tratados de libre comercio que han firmado países de la región con EEUU que, desde la órbita de los derechos de autor, no hacen sino aumentar los estándares de protección. Resultado de ello es que luego de la firma de estos tratados, países como Chile y Perú tienen estándares de protección más altos que la DMCA pero sin las garantías de acceso existentes en Estados Unidos. Nuestros países se comprometen, en definitiva, a modificar sus legislaciones para hacerlas más parecidas a las norteamericanas para la protección, pero no para garantizar acceso.

El último esfuerzo de esta estrategia internacional se llama Trans-Pacific Partnership (TPP), un acuerdo de cooperación comercial para crear un área de libre comercio en la zona Asia-Pacífico. Hoy son nueve los países que son parte de las rondas de negociación que pretenden ajustar un texto de tratado: Australia, Brunei, Chile, Estados Unidos, Malasia, Nueva Zelanda, Perú, Singapur y Vietnam. Los alcances, aún por definir. Pero de lo que se sabe, hay al menos tres elementos que creo debieran invitarnos a la reflexión.

1. Nadie sabe mucho del alcance de las negociaciones. Lo único que sabemos es aquello que ha sido filtrado a través de redes de activistas y que da cuenta de lo importante de los elementos vinculados a los derechos de autor en internet. La propuesta de Estados Unidos, sin ir más lejos, va mucho más allá de lo establecidos en la propia regulación norteamericana y es un criterio que pretende imponer al resto de los países negociadores. Se ha sabido algo respecto de las negociaciones pero no tenemos clara idea respecto del tenor de la discusión, los puntos que se han cerrado y la transacción que están llevando adelante los negociadores.

En una época donde la transparencia y el acceso a la información parecen ser principios en los que estamos todos de acuerdo, resulta injustificado mantener como secretos aspectos tan importantes para el desarrollo de los derechos a la luz de las nuevas tecnologías. Sin ir más lejos, el gobierno chileno denegó la solicitud de acceso a información que elevamos como ONG Derechos Digitales para obtener acceso al texto del acuerdo.

2. Del texto filtrado hay muchos aspectos preocupantes vinculados a derechos de autor, algunos incluso más preocupantes que los impresentables proyectos SOPA-PIPA. Entre ellos:

  • Extiende los plazos de protección. Mientras los TLC con Estados Unidos han obligado a los países firmantes a aumentar sus plazos de protección de 50 años luego de la muerte del autor (estándar internacional del Convenio de Berna) a 70 años, TPP incluye fórmulas para aumentarlo nuevamente hasta 120 años en ciertos casos, lo que es un atentado violento contra el dominio público.
  • Criminaliza la elusión de medidas tecnológicas de protección yendo muchísimo más allá de lo establecido en los «tratados internet» de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, haciendo ilegal la circunvención de dichas medidas aun sin que exista infracción a derechos de autor.
  • Establece un sistema de responsabilidad de prestadores de internet que no solo eleva el estándar de la DMCA sino también de los mejores estándares establecidos en la legislación chilena. De esta manera, se pretende no sólo aumentar penas sino también establecer medidas de identificación de supuestos infractores, bajada de contenido y desconexión de internet.

3. El conocimiento existe A veces resulta más sencillo pensar que estas espantosas iniciativas legales como SOPA, ACTA, PIPA y TPP son producto de desinformación de los legisladores respecto de como funciona internet. Que, básicamente, son intentos legislativos productos de la ignorancia. La verdad es que no es cierto. La existencia de estas propuestas no prueba la ignorancia sino que prueba la influencia que la industria del entretenimiento tiene en nuestro sistema político a contrapelo de los intereses del resto, de todos nosotros.

Una de las conclusiones a las que llegó un reporte encargado por el gobierno inglés el año recién pasado fue que en la regulación de los derechos de autor en internet hay una brutal falta de evidencia empírica. Ojalá llegue el momento en que, en lugar de legislar de la mano de Hollywood, nuestros legisladores decidan pensar en serio internet como una plataforma para el ejercicio de derechos fundamentales.

Para llegar a eso hace falta dos cosas. Uno, tal vez, es partir por exigir evidencia y no intuición para regular estos temas sensibles. Dos, que todos nosotros nos tomemos esto en serio y hagamos algo.

Por Claudio Ruiz: @claudio, blogguea en Quemar las Naves, es el director de la ONG: Derechos Digitales donde investiga sobre temas de derecho y nuevas tecnologías desde el punto de vista de los derechos fundamentales.

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