El portal Jujuy.com en un estúpida, contradictoria y peligrosa sentencia judicial fue obligado a pagar $40.000 a una pareja que fue difamada en su libro de visitas anónimanente.
La sentencia obliga a pagar a una pareja de la cual se escribió que eran infieles, mediante mensajes anónimos en el libro de visitas del site; pese a la cantidad de pedidos de moderación y de los "términos de servicio" en los que se aclara la responsabilidad propia de los que postean mensajes.
Para fundamentar la condena, apelaron a un artículo del Código Civil el 1113, segunda parte que prevé que los dueños de una cosa son responsables por los riesgos que ella pudiera ocasionar. A diferencia de otros antecedentes, entendieron que un portal es técnicamente una cosa, porque "la energía informática es susceptible de apropiación".